Declaración de bienes en el extranjero por valor superior a 50.000€

No lo leas, escúchalo.

Se ha hecho público (17-12-2018) el texto íntegro del Dictamen motivado que remitió la Comisión Europea a España el 15-02-2017

 

La Comisión pedía a España, la modificación de la norma y consideraba desproporcionadas las sanciones contempladas. Ahora se conoce que establece que “infringe la libre circulación de personas, de trabajadores, de establecimiento, de servicios y de capitales”.

A pesar de esto, no ha llevado a España ante el Tribunal de la Unión Europea. Probablemente serán los jueces españoles los que pregunten al Tribunal de Luxemburgo la legalidad de la norma, como ya ocurrió con el “céntimo sanitario”. De momento, el Dictamen de la Comisión, está siendo estudiado en la Audiencia Nacional.

 

No obstante, la Ministra de Hacienda María Jesús Montero, ha declarado “que es un problema técnico que afecta a una Ley que es absolutamente legal”. El Ministerio, no está dispuesto a modificar la norma.

No queda más remedio que esperar a la decisión de los Tribunales. Pero quien haya sido sancionado por declarar extemporáneamente el modelo 720, parece que tiene una buena defensa.

 

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